Justicia para los Héroes Olvidados: Corte de Concepción Ordena a Mutuales Cubrir Tratamiento de Enfermera con Covid Persistente

Concepción, 10 de junio de 2026.- En una decisión que resuena con fuerza en los pasillos de los centros de salud de toda la región del Biobío, la Corte de Apelaciones de Concepción ha dictado un fallo contundente: la salud de quienes estuvieron en la primera línea de la pandemia no puede ser abandonada. El tribunal de alzada ordenó a la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) y al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) reanudar de inmediato el tratamiento integral de una enfermera, exfuncionaria del Hospital Regional Guillermo Grant Benavente, que sufre las debilitantes secuelas del Covid Persistente.
La profesional de la salud, contagiada en el ejercicio de sus funciones, había visto cómo su condición empeoraba drásticamente a inicios de este año, cuando ambas mutualidades decidieron suspender su cobertura. Esta incluía atenciones críticas con especialistas en cardiología y broncopulmonar, esenciales para manejar una condición compleja y multifacética. El Covid Persistente, o Long COVID, es reconocido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una afección post-infección con síntomas que pueden durar meses o incluso años, incluyendo fatiga crónica, dificultades respiratorias y dolor incapacitante.
Este caso no es un hecho aislado. Durante los años más duros de la pandemia, estudios como los documentados por el Hospital Clínico de la Universidad de Chile ya advertían que más del 50% de los pacientes hospitalizados por COVID-19 presentaban síntomas persistentes meses después del alta. Para el personal de salud, la exposición fue constante y el riesgo, mayúsculo. La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) estableció en su momento criterios para que el COVID-19 fuera calificado como enfermedad laboral, obligando a las mutuales a otorgar cobertura. Sin embargo, el caso de esta enfermera penquista expone una grave falla en el sistema.

La batalla silenciosa por el agua: Capacitan a líderes de SSR del Biobío para enfrentar la sequía y la nueva ley.
El tribunal consideró la suspensión del tratamiento como un acto “ilegal y arbitrario”, sobre todo al constatar que las mutualidades se responsabilizaban mutuamente para justificar el abandono de la paciente, dejando a la trabajadora en una indefensión absoluta.
Para los miles de trabajadores de la salud en el Biobío, desde el Hospital Las Higueras en Talcahuano hasta los consultorios rurales de nuestra provincia, este fallo es más que una noticia: es un precedente vital. Demuestra que la batalla contra las secuelas del virus no ha terminado y que existen herramientas legales para exigir la protección que la ley les garantiza. La sentencia de la Corte penquista, aunque puede ser apelada ante la Corte Suprema, reafirma que la deuda de la sociedad con sus ‘héroes de la pandemia’ debe saldarse no solo con aplausos, sino con atención médica continua y de calidad. El fallo obliga a las mutuales a actuar conforme a las directrices de la Superintendencia, sentando una base para que otros trabajadores en la misma situación puedan defender su derecho a la salud.
Contenido Patrocinado
Por Inmobiliaria Biobío
Nueva etapa de parcelas en Cabrero: Todo lo que debes saber
Por Agrícola Meraki
Innovación local: Cómo la tecnología está cambiando el agro
Por Turismo Saltos del Laja
Guía definitiva para un fin de semana increíble en la zona
¿Encontraste un error?
Si encuentras algún error en la redacción, algún dato, etc, por favor contáctanos y lo arreglaremos.







